Sentencia absolutoria no se ampara en la autonomía judicial, sino en fundamentos razonables en derecho (8:00 a.m.)
11 de Agosto de 2011
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Nota:
76332
La sentencia absolutoria no puede ampararse en los principios de autonomía e independencia judicial, sino que debe incorporar todos los elementos materiales y formales que la ley prevé para ello, y debe tratarse de una decisión fundada razonablemente en el derecho, reiteró el Consejo Superior de la Judicatura al sancionar a un juez de Chiriguaná (Cesar), por faltar a sus deberes funcionales. La Sala Jurisdiccional Disciplinaria suspendió por un mes al funcionario, por irregularidades en un fallo en el que absolvió a tres servidores públicos de la alcaldía de ese municipio, procesados por los delitos de peculado por apropiación y celebración de contratos sin el cumplimiento de requisitos legales. Según el alto tribunal, el juez no hizo una valoración integral de las pruebas que fueron aportadas en el proceso penal y desatendió un informe practicado por el CTI de Valledupar, que producía certeza para condenar a los procesados (M. P. José Ovidio Claros).
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