13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Reintegro provisional a la Policía Nacional no es una limitante para lograr un ascenso, pues lo que importa es el servicio activo (9:14 a.m.)

31 de Marzo de 2010

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Nota:
65373
Las normas que regulan el ascenso dentro de la Policía Nacional no mencionan el reintegro provisional por orden judicial como una condición o limitante para el logro de una mejor situación profesional. Por lo tanto, quien ingresa a la institución de esta forma está en las mismas condiciones de servicio activo respecto a los demás aspirantes que cursan para clasificar a una promoción, indicó la Corte Constitucional, en fallo de tutela. Quien se reincorpora al servicio activo continúa cumpliendo funciones y acatando órdenes de sus superiores, independientemente de la decisión que en un futuro adopte la jurisdicción contenciosa sobre la legalidad de su retiro, precisó la sala (Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).

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