Recepción de documentos vía fax en los despachos judiciales debe hacerse con la fecha del envío, así sea luego de cerrada la atención al público (3:30 p.m.)
19 de Septiembre de 2011
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Nota:
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Los documentos que reciban vía fax los diferentes despachos judiciales se entenderán recibidos el día en que fueron enviados, así estos se recojan con posterioridad a las 5:00 p. m., hora en que termina la atención al público. Así lo reiteró el Consejo de Estado al admitir un recurso de apelación que había sido rechazado por supuesta extemporaneidad debido a que se recibió vía fax a las 9:00 p.m. del día en que se vencían los términos para su interposición. La Sección Segunda explicó que a pesar de que existe una regulación en el tema de los mensajes de datos y no hay una reglamentación en materia de documentos enviados vía fax, no se pueden desconocer los avances de la ciencia en pro de la administración judicial (C. P. Víctor Hernando Alvarado).
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