Procuraduría pidió mantener el término que fija la ley para iniciar la acción sancionatoria ambiental (4:12 p.m.)
11 de Marzo de 2010
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Nota:
65137
Establecer un término para ejercer la acción sancionatoria ambiental no contradice la obligación del Estado de proteger el medio ambiente ni de imponer sanciones. Así lo señaló la Procuraduría General de la Nación al pedirle a la Corte Constitucional que declare exequible el artículo 10 de la Ley 1333 del 2009. A juicio del Ministerio Público, la norma demandada contempla la posibilidad de iniciar la acción en todo momento mientras existan infracciones en materia ambiental, y fija las condiciones y el procedimiento establecido para la protección ambiental y la reparación de los daños a que haya lugar.
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