Por falta de competencia del Presidente de la República, anulan decreto que limitó los gastos de funcionamiento de las corporaciones autónomas regionales (4:33 p.m.)
11 de Mayo de 2010
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Nota:
66118
El Consejo de Estado recordó que no es función del Presidente de la República disminuir partidas del presupuesto de las entidades, puesto que las funciones relacionadas con el presupuesto general de la Nación están en cabeza del Congreso de la República. Por tal razón, no era viable la autorización informal contenida en el parágrafo del artículo 19 de la Ley 790 del 2002, para que el Presidente asumiera dicha función, sino que era necesario cumplir con los requisitos señalados en el artículo 150 de la Constitución Política, a fin de investir al Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias. Así las cosas, el Presidente no podía establecer límites a los gastos de funcionamiento de las corporaciones autónomas regionales, por lo que la Sección Primera decretó la nulidad del Decreto 2669 del 2003. Según la sala, el Gobierno violó también la potestad que tiene para reglamentar las leyes, porque en vez de regular las limitaciones al gasto público de las entidades a las que se refiere, las estableció directamente (C. P. María Claudia Rojas Lasso).
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