La creación de fondos de solidaridad y redistribución de ingresos no es un deber asignado expresamente a los alcaldes (8:00 a.m.)
10 de Abril de 2012
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Nota:
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El Consejo de Estado aclaró que no es uno de los deberes asignados expresamente a los alcaldes la creación de fondos de solidaridad y redistribución de ingresos. El alto tribunal precisó que esta potestad está atribuida a los concejos municipales, con la finalidad de que al presupuesto del municipio se incorporen las transferencias que a dichos fondos deben hacer las empresas de servicios públicos. De esta forma, la Sección Segunda declaró la nulidad de unos fallos disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación que sancionaron a un alcalde por no crear este fondo. En palabras del Consejo, la Procuraduría no realizó un examen cuidadoso de las normas y las razones que soportaron la responsabilidad del disciplinado (C.P. Alfonso Vargas Rincón).
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