Jueces no pueden atacar la institucionalidad de una entidad pública al resolver derechos de petición: Consejo Superior (10:18 a.m.)
01 de Agosto de 2011
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Nota:
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La condición de juez de la República constituye una dignidad relevante en la Rama Judicial, y como servidor público no puede atentar contra la institucionalidad y credibilidad de los entes públicos ante la comunidad. Así lo señaló la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura al imponer una sanción de un mes a un juez de Risaralda, por emplear expresiones “desobligantes” contra dos funcionarios. Según el fallo, al resolver un derecho de petición a una ciudadana, el juez señaló que en la Inspección de Policía y la Personería Municipal “se juntaron la incapacidad de la primera con la pereza que campea en la segunda”, expresiones calificadas de irrespetuosas por los funcionarios afectados por el escrito (M. P. Pedro Alonso Sanabria).
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