Entidades financieras deben advertir a sus clientes sobre las actualizaciones técnicas que realizarán (11:31 a.m.)
21 de Diciembre de 2016
Reproducir
Nota:
53563
Se modificó el subnumeral 2.3.3.1.22 de la Circular Básica Jurídica (CBJ), donde se ordena a los establecimientos de crédito enviar reportes trimestrales a la Superfinanciera sobre la disponibilidad mensual de los canales por los cuales prestan sus servicios. Pero además se modificó el subnumeral 3.5.1 de la CBJ, para que las vigiladas por la superintendencia suministren información a sus clientes, con un plazo máximo de ocho días previos, sobre las modificaciones o actualizaciones tecnológicas que realizarán, para no generar traumatismos en la prestación del servicio.
Opina, Comenta