Consejo Superior explica cómo se verifica la diligencia profesional del abogado (8:00 a.m.)
07 de Mayo de 2012
Reproducir
Nota:
81070
Al abogado se le impone el deber de diligencia profesional, señaló el Consejo Superior de la Judicatura. Según la corporación, ese deber implica el cumplimiento con pericia del encargo del cliente en los procesos, vías, instancias y trámites que se deban sustanciar hasta la completa resolución del proceso. Además, su exigencia no se limita al cuidado en no perjudicar y en que las actuaciones no deriven en el resultado negativo de lo encomendado, sino en la correcta fundamentación fáctica y jurídica de los escritos de alegaciones, la diligente proposición de las pruebas y la cuidadosa atención a la práctica de las mismas, la estricta observancia de los plazos y términos legales, y demás actuaciones que deba realizar para vencer en el proceso. En todo caso, aclaró que la responsabilidad disciplinaria no deviene objetivamente, sino de la existencia de un elemento subjetivo, como dejar desprotegidos los intereses de los poderdantes (M.P. Jorge Armando Otálora Gómez).
Opina, Comenta