Consejo Superior confirmó sanción a un juez que mediante tutela ordenó el embargo de cuentas de un municipio (10:46 a.m.)
09 de Marzo de 2010
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Nota:
65193
La acción de tutela no tiene como objetivo el manejo de recursos fiscales ni otorgarle la facultad a los jueces de ordenar el pago de dineros, sin tener en cuenta el manejo fiscal de los municipios, pues debe estar dirigida a la protección de los derechos fundamentales, señaló el Consejo Superior de la Judicatura en reciente decisión que confirmó la sanción al Juez Promiscuo de San Jacinto (Bolívar), por desbordar sus competencias. Según la corporación, al fallar una tutela, el operador judicial había ordenado el embargo general de las cuentas del municipio, coadministrando dichos recursos, para entregarlos a los apoderados de los accionantes.
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