CNSC es competente para administrar y vigilar el sistema especial de carrera administrativa (4:50 p.m.)
08 de Julio de 2013
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Nota:
89479
El Consejo de Estado señaló que la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) es competente para ejercer la administración y vigilancia de su sistema especial de carrera administrativa, hasta que el Congreso expida una ley especial que lo regule. Con este argumento, la Sala modificó el criterio que había asignado la competencia de convocar a concurso público de méritos para proveer, en las contralorías territoriales, empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva a las mismas contralorías, en virtud de los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución. Según el concepto, la Ley 909 del 2004 dispuso que la CNSC puede extender su campo de acción a las contralorías territoriales con el propósito de salvaguardar los fines esenciales del Estado y propender por la eficiencia en la gestión del mismo (C. P. Augusto Hernández Becerra).
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