El único fin de la tasa contributiva que deben cancelar las empresas de servicios públicos es recuperar costos del servicio de estratificación socioeconómica (3:27 p.m.)
10 de Noviembre de 2010
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Nota:
70040
Los ingresos percibidos por las entidades territoriales por concepto del cobro de la tasa contributiva a las empresas de servicios públicos domiciliarios se pueden utilizar únicamente como fuente de financiación de los procesos necesarios para la realización, adopción, aplicación y actualización del servicio de estratificación socioeconómica, pues de
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