Corte Constitucional señala en qué casos se vulnera el derecho al debido proceso en casos de violencia intrafamiliar (3:42 p.m.)
19 de Junio de 2014
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Nota:
61416
La Corte Constitucional advirtió que se vulnera el derecho al debido proceso cuando las comisarías de familia adelantan procesos de violencia intrafamiliar (artículo 4º de la Ley 294 de 1996, modificado por el artículo 16 de la Ley 1257 de 2008) y ordenan medidas de protección sin tener en cuenta a los integrantes del núcleo familiar que pueden resultar afectados, especialmente cuando se trate de personas en condición de discapacidad, que gozan de una especial protección constitucional. También, señaló que se vulnera el debido proceso cuando no se notifican las decisiones de acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley y con respeto de las formas propias que las normas ordenan. Gabriel Eduardo Mendoza presentó salvamento parcial de voto (M. P. Mauricio González Cuervo).
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