Corte amparó derechos a la presunción de inocencia y libertad personal luego de comprobarse el error en la identificación del imputado dentro de un proceso penal (3:05 p.m.)
19 de Julio de 2010
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Nota:
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En un Estado Social de Derecho, los jueces que actúan en los procesos penales tienen el deber de identificar plenamente al autor del delito y de garantizarle al imputado los derechos fundamentales a la presunción de inocencia, libertad personal, defensa técnica y buen nombre, señaló la Corte Constitucional en reciente fallo de tutela. La Sala Séptima de Revisión ordenó la inmediata libertad de una persona condenada por un homicidio a pesar de ser evidente que su identidad no correspondía con el verdadero autor del delito. La corte revocó la sentencia de tutela proferida el 19 de noviembre del 2009 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que negó la acción de tutela por supuesta falta de inmediatez y no agotamiento de mecanismos ordinarios de defensa judicial, argumentos controvertidos por la Corte Constitucional, pues al ser condenado como persona ausente no conocía del proceso en su contra y no fue inmediata su solicitud de amparo debido a la falta de asistencia de un abogado. LEGISmóvil publica adjunto el fallo de tutela de la Corte Suprema y la revisión de la Corte Constitucional (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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