12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Texto del fallo que declaró inexequible que el Fondo de Bienestar de la Contraloría General de la República esté controlado por este último órgano (11:05 a.m.)

17 de Noviembre de 2011

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Nota:
77325
La Corte Constitucional oficializó el texto del fallo que declaró inexequible el artículo 81 del Decreto Ley 267 del 2000, en el que se dispuso que el control fiscal del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República estaría controlado fiscalmente por este último órgano. El alto tribunal señaló que este control debe ser ejercido por la Auditoría General de la República, según lo indica el artículo 274 de la Constitución, pues es la entidad que vigila a la Contraloría. A su juicio, existe una relación inescindible entre esta entidad y el fondo, por lo que la norma desconocía los principios de imparcialidad, autonomía e independencia del control fiscal. La Corte concluyó que la Contraloría no puede llevar a cargo el control fiscal sobre ese mismo organismo de control, ni sobre los entes adscritos, dependientes o subordinados al mismo (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva).

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