Reglamentan las funciones de los colegios profesionales de la salud y la expedición de la tarjeta profesional al talento humano (4:29 p.m.)
17 de Noviembre de 2010
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Nota:
69916
En cumplimiento de la Ley de Talento Humano en Salud (Ley 1164/07), el Gobierno reglamentó la delegación de funciones públicas en los colegios profesionales del área de la salud, en relación con la inscripción de los profesionales de las diferentes disciplinas en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (Rethus), la expedición de la tarjeta profesional de identificación única de los inscritos en ese registro y el otorgamiento de permisos transitorios para el ejercicio profesional al personal de salud extranjero. En adelante, el cumplimiento de los requisitos para ejercer una profesión u ocupación del área de la salud por parte de quienes obtengan título o certificado se reconocerá a través de la inscripción individual en el Rethus, en los términos y condiciones señalados en el Decreto 4192 del pasado 9 de noviembre. La selección de los colegios se realizará mediante convocatoria pública y las funciones se delegarán por un término de cinco años, agrega la norma.
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