Negar el suministro de un documento del proceso penal al de reparación directa vulnera el acceso a la administración de justicia (9:23 a.m.)
16 de Mayo de 2011
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Nota:
73421
El Consejo de Estado recordó que el juez no solo debe valorar que una norma autorice o no la reserva del documento, sino que debe evaluar cuáles derechos, principios y valores constitucionales se afectarían con la restricción. En esa medida, su análisis permitirá que se determine si la reserva del documento prevalece ante el derecho a la información o si debe ceder ante otros derechos como el de defensa o el de acceso de administración de justicia, que tienen mayor importancia en las sociedades democráticas modernas. La Sección Cuarta precisó que no existe una obligación legal que prohíba el suministro de las evidencias documentales del proceso penal ni se observa que el descubrimiento de estas generen un perjuicio notable para las investigaciones o afecte la seguridad del Estado. Por esta razón, concluyó que negar el suministro de los documentos de un proceso penal solicitados en uno de reparación directa vulnera el derecho de acceso a la administración de justicia (C.P. William Giraldo Giraldo).
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