12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 55 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Declaran exequible la prohibición de acuerdos entre proveedores que menoscaben, limiten o afecten la facultad regulatoria y de solución de controversias de la CRC (8:49 a.m.)

24 de Marzo de 2011

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Nota:
72075
La Corte Constitucional declaró exequible el numeral 9° del artículo 22 de la Ley 1341 del 2009 (Ley de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC), en el que se consagra una prohibición para que los acuerdos entre proveedores menoscaben, limiten o afecten la facultad regulatoria y de solución de controversias de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC). Aunque la intervención de este ente regulador supone, en algunos casos, la restricción a la autonomía privada y a la libertad económica de los particulares, tiene fines constitucionalmente legítimos, como promover la competencia, evitar el abuso de la posición dominante y regular los mercados de las redes y servicios de comunicaciones. La corte señaló que los acuerdos entre particulares que versen sobre la justicia arbitral no pueden dejar sin efectos la facultad de intervención que el legislador le asignó a la CRC (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).

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