Cooperativas de trabajo asociado del sector salud deben cumplir con la protección laboral a la mujer embarazada (8:27 a.m.)
08 de Abril de 2010
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Nota:
65253
Las cooperativas de trabajo asociado que deciden especializarse en el sector salud deben acogerse a las normas del sistema de seguridad social. Así lo aclaró la Corte Constitucional, al tiempo que advirtió que deben abstenerse de intermediar con un tercero que los contrata, pues, de acuerdo con la Ley 1233 del 2008, cuando se utiliza a la cooperativa para simular una relación laboral se deshace el vínculo cooperativo y se genera una responsabilidad solidaria entre la cooperativa infractora y el tercero contratante frente a las obligaciones prestacionales que surjan a favor del trabajador asociado. Esta ley, con el objeto de proteger las garantías constitucionales de los trabajadores que venían siendo afectados por la práctica del cooperativismo, obliga a las cooperativas a proteger la maternidad y al adolescente trabajador. En el pronunciamiento, la corporación recordó que la aplicación del fuero de maternidad debe darse en todo tipo de relación laboral (M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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