Consejo de Estado reiteró requisitos para incluir a una persona dentro de los programas de protección del Ministerio del Interior y de Justicia (4:12 p.m.)
28 de Septiembre de 2010
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Nota:
69104
El Consejo de Estado reiteró que el Decreto 1740 del 2010 determina qué población es objeto del Programa de Protección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia, entre ellos, los dirigentes o activistas de organizaciones sociales, cívicas y comunales, gremiales, sindicales, campesinas y de grupos étnicos. Por lo tanto, cumplidos los requisitos fijados en el Decreto 2816 del 2006, el Estado debe dirigir sus acciones a evitar un daño concreto a estos sujetos especiales. En reciente fallo de tutela, la Sección Primera amparó el derecho a la vida de una persona y le ordenó al Ministerio del Interior y de Justicia que, para garantizar la seguridad del actor y de su familia, adelante y culmine el trámite respectivo para brindarle la protección al ciudadano, de acuerdo con el programa de protección en mención (C. P. Marco Antonio Velilla).
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