11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Inducir al error al apoderado para promover el trámite de liquidación sucesoral ante notario configura falsedad ideológica en documento privado, mas no fraude procesal (10:44 a.m.)

16 de Julio de 2010

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Nota:
67463
La Corte Suprema de Justicia indicó que quien promueve ante notario un trámite sucesoral, ocultando la existencia de otras personas con derecho a heredar, incurre en delito. La corte aclaró que cuando el notario adelanta por petición de las partes una sucesión, no ejerce funciones jurisdiccionales, ni reviste una función administrativa, por lo que la conducta descrita no estructura el delito de fraude procesal, como tampoco un falso testimonio. Ese comportamiento tipifica el delito de falsedad ideológica en documento privado, precisó la Sala Penal. En el caso concreto, como las manifestaciones falsas no las efectuaron directamente los acusados, sino a través de su apoderado, se presentó una autoría mediata, pues indujeron al error a su apoderado para promover el trámite de liquidación sucesoral, afirmando a través suyo que se trataba de las únicas personas con derecho a heredar (M.P. Maria Del Rosario González de Lemos).

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