Falta de instrucciones para llenar título valor en blanco no le resta mérito ejecutivo (12:50 p.m.)
01 de Junio de 2012
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Nota:
81325
La ausencia de instrucciones o la discrepancia entre estas y la manera como se llenó el título valor no le quitan mérito ejecutivo, sino que implica adecuarlo a lo efectivamente acordado. Así lo advirtió la Corte Constitucional, al tutelar el derecho al debido proceso de un demandante en un proceso ejecutivo basado en dos letras de cambio sin fecha de exigibilidad. La carta de instrucciones no es imprescindible, porque ellas pueden ser verbales, implícitas o posteriores al acto de creación del título, añadió. El alto tribunal estableció que los jueces de instancia desconocieron el precedente jurisprudencial sentado en la materia por la Sala Civil de la Corte Suprema y, por tanto, la tutela era procedente contra esas decisiones judiciales (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza).
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