Bienes excluidos del IVA adquiridos por comerciantes de municipios fronterizos con Venezuela a proveedores del resto del país también gozarán de ese beneficio tributario (4:58 p.m.)
25 de Agosto de 2010
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Nota:
67946
La exclusión del IVA a la venta de los alimentos, calzado, prendas de vestir, materiales de construcción, electrodomésticos y gasodomésticos gravados a las tarifas del 10% o del 16% que se vendan en los municipios fronterizos con Venezuela dentro de los 120 días contados a partir del 27 de julio del 2010, adoptada al amparo del estado de emergencia s
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