La presentación de la declaración de la retención por estampilla pro desarrollo fronterizo se puede hacer a través de recibos de consignación (10:35 a.m.)
25 de Enero de 2011
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Nota:
71355
Según la normativa que regula la estampilla pro desarrollo fronterizo, la obligación de declarar esta retención se cumple con los formularios que establezca u homologue la autoridad competente. Así lo explicó el Consejo de Estado, al aclarar que mientras se implementan esos formularios oficiales, la norma indicó que la simple consignación se asimilaría a la declaración. Como no se ha acreditado esa implementación de formularios, la presentación de la declaración de la retención por estampilla pro desarrollo fronterizo se puede hacer a través de recibos de consignación, manifestó la corporación (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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