Administrativo
Entes territoriales podrán asociarse, para mejorar su capacidad de gestión
30 de Junio de 2011
Por tratarse de una ley orgánica, la recién sancionada Ley de Ordenamiento Territorial (L. 1454/11) contiene las orientaciones que deberán tener en cuenta el Gobierno y el Legislativo para expedir los futuros códigos territoriales.
Por orden expresa de la nueva ley, el Gobierno tiene seis meses para presentar los proyectos de ley de los regímenes departamental, distrital, municipal y de áreas metropolitanas, algunos de los cuales ya fueron presentados ante el Congreso.
El gran principio orientador del ordenamiento territorial es la descentralización. Al fin y al cabo, así está concebido el Estado colombiano, desde la Constitución del 91. En la práctica, esa descentralización significa que los entes territoriales tendrán la posibilidad de asociarse, para mejorar su capacidad de gestión pública.
Estas asociaciones permitirían, por ejemplo, facilitarle a la Nación la ejecución de proyectos estratégicos, de infraestructura y energéticos.
Y parte fundamental de la descentralización es la delegación de funciones del Ejecutivo nacional a los entes territoriales, que puede darse a partir de decisiones administrativas y fiscales.
De otro lado, la Ley creó el Fondo de Compensación Territorial, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que manejará las regalías y compensaciones destinadas a la financiación de proyectos de inversión regional.
(L. 1454, jun. 28/11)
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