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28 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 16 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


No existe norma que regule código de buen vestir en las entidades públicas

03 de Marzo de 2021

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El Departamento Administrativo de la Función Pública resolvió una consulta relacionada con la validez de un código del buen vestir emitido en una empresa social del Estado (ESE) que, entre otras disposiciones, restringe el uso visible de perforaciones y tatuajes y, en ese sentido, exige usar uniformes de manga larga

 

La entidad aclaró que dentro de sus funciones está formular políticas generales de administración pública, en especial en materias relacionadas con empleo público, gestión del talento humano, gerencia pública, desempeño de funciones públicas por particulares, control interno y participación ciudadana, entre otros, por lo que no puede definir o intervenir en situaciones particulares de las entidades y sus empleados.

 

No obstante, precisó que no existe disposición normativa que ordene, establezca o regule el código del buen vestir en las entidades públicas, de manera que no es posible determinar si lo consignado en este se ajusta al ordenamiento jurídico.

 

Sin embargo, la autonomía de las entidades públicas, que por mandato Constitucional y legal se les ha otorgado en algunos aspectos, les permite establecer en su interior algunas reglas o códigos que conlleven la obtención de mejores parámetros de calidad en la prestación de sus servicios.

 

Estas reglas deben estar acordes con el ordenamiento jurídico, sin que se pueda vulnerar o poner en riesgo algún derecho fundamental de los empleados o usuarios de la entidad. En todo caso, indicó, quien determina si hay o no vulneración es un juez de la República.

 

DAFP, Concepto 612681, Dic. 30/20.

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