#GanóLaProtesta
— Mauricio Albarracín Caballero (@malbarracin) September 23, 2020
Leamos la sentencia. Son 171 páginas pero letra 14 y espacio 1.5. No es tan titática como la pinta y contiene un análisis judicial detallado sobre la protesta. Es importante discutir sentencia tal cual es y no sobre lo que dicen que dice: https://t.co/smycqEhIyL
El fallo de la @CorteSupremaJ sobre derecho a la protesta es de 2a instancia. No cabe impugnarlo. La solicitud de selección a la @CConstitucional no interrumpe la obligación de darle cumplimiento inmediato. El Gobierno no debe dar mal ejemplo de desacato a los fallos judiciales.
— José Gregorio Hdez G (@josegreghg) September 23, 2020
Dr. Carlos Bernal Pulido y la inconstitucionalidad del fallo de la @CorteSupremaJ que pretende cogobernar y legislar. pic.twitter.com/IYfa2OABst
— Hernán Cadavid (@hernancadavidma) September 23, 2020
El gobierno uribe-duquista parece ignorar que la acción de tutela se ejerce contra "la acción o la omisión de cualquier autoridad pública".
— Mario Madrid-Malo (@marioenelblog) September 23, 2020
De acuerdo con profesor @cuervoji El fallo de tutela de Corte Suprema está en firme y debe ser cumplido. Otra cosa es que la Corte Constitucional pueda revisar esa tutela y la revoque o modifique, pero esa eventualidad no autoriza al gobierno a incumplir órdenes de la Suprema https://t.co/vj9LJSt8Gk
— Rodrigo Uprimny (@RodrigoUprimny) September 23, 2020