De acuerdo con las implicaciones para los familiares del menor opera válidamente el principio de confianza legítima; la persona que suministra el medicamento presuntamente Homicidio culposo, y persiste responsabilidad civil e indemnización. @CancinoAbog https://t.co/Xri9FDD6G5
— Oscar Sierra (@OSierrAbogado) January 27, 2020
La droguería, como persona jurídica, no tendría responsabilidad penal. En Colombia las personas jurídicas no responden penalmente. Responden en los perjuicios económicos que se le pudieron causar a la familia, pero no con una pena @RevistaSemana https://t.co/qlJZkywGyD
— Iván Cancino (@CancinoAbog) January 27, 2020