#NotaConstitucional La facultad discrecional con la que cuentan los jueces para valorar las pruebas, se debe ejercer de manera razonable y proporcional, so pena de incurrir en un defecto fáctico. M.P. Paola Andrea Meneses Mosquera. https://t.co/N9P8OqtVSM pic.twitter.com/2Px8Z9VTlc
— Corte Constitucional (@CConstitucional) October 6, 2022
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