9 de junio de 1954:
— Consejo de Estado (@consejodeestado) June 10, 2022
“Ante una manifestación, vociferante y agresiva si se quiere, ¿puede justificarse el empleo de armas de guerra so pretexto de disolverla? ¿puede hablarse aquí de `proporcionalidad`”.
Fallo 28-IV-67, Rad. 138 MP Portocarrero, p. 186 https://t.co/OGdCtndeXP pic.twitter.com/PGMGY2lc86
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