11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 48 minutes | ISSN: 2805-6396

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El Gobierno acaba de sancionar la ley que modifica el artículo 380 del Código Penal (Ley 599 del 2000), ampliando así el margen de penalización para la persona que suministre o administre a un deportista profesional o aficionado alguna sustancia o método prohibido en el deporte o lo induzca al consumo. Según la norma, los autores de las conductas relacionadas con el dopaje incurrirán en prisión de 24 a 72 meses y en una multa de 66 a 750 salarios mínimos mensuales.

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