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Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Ordenan sistema de priorización y plan de contingencia para atender crisis carcelaria

15 de Marzo de 2019

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La Sala especial de seguimiento al estado de cosas inconstitucional (ECI) en materia penitenciaria y carcelaria de la Corte Constitucional estudió la evidencia aportada y advirtió que los cierres parciales de cárceles ordenados por algunas autoridades judiciales han derivado en el hacinamiento de la población sindicada y condenada en los centros de detención transitoria del país, como las URI y estaciones de policía. (Lea: En audiencia sobre crisis carcelaria, Minjusticia insistió con cadena perpetua)

 

La Sala concluyó que la decisión de cerrar una cárcel debe someterse a un juicio de proporcionalidad, de manera que se pondere la aplicación de esta medida con los posibles efectos colaterales que se pueden causar en los derechos de las personas privadas de la libertad, tanto en las 134 cárceles del país como en los centros de detención transitoria.

 

Medidas ordenadas

 

Se ordenó al Gobierno la adopción de un sistema de priorización y la elaboración de un plan de contingencia para atender a la población recluida en las cárceles que se encuentre en una situación más gravosa respecto del resto de los establecimientos carcelarios del país. (Lea: Ordenan nuevas acciones para solucionar crisis humanitaria en las cárceles)

 

Sistema de priorización

 

Dicho sistema, además de enviarse a la Sala de seguimiento, deberá publicarse en la página web: www.politicacriminal.gov.co.

 

El plan debe dar cuenta de las categorías de orden que serán consideradas para efectos de la priorización, los criterios a los que obedece la priorización y la clasificación de los establecimientos penitenciarios que hacen parte de cada nivel o categoría del orden de priorización.

 

Plan de contingencia

 

En un plazo de dos meses, a partir de la notificación de esta providencia, tendrán que diseñar el plan de contingencia sobre los centros carcelarios y penitenciarios priorizados, el cual deberá contener:

 

  1. Un cronograma de las actividades que llevarán a la satisfacción progresiva de los derechos fundamentales en cada nivel o categoría y

 

  1. El presupuesto destinado para la ejecución del plan de contingencia sobre los centros de reclusión. (Lea: Corte califica la política criminal como populista e incoherente)

 

Igualmente, ordenó al Ministerio de Justicia que, en el término de un mes, informe a esta sala acerca de los avances, estancamientos o retrocesos en el desarrollo de la política pública de concientización ciudadana sobre los fines del Derecho Penal y de la pena privativa de la libertad.

 

Lo anterior con el fin de avanzar en la protección efectiva de los derechos de esta población, cuyas condiciones de reclusión se mantienen contrarias al orden constitucional (M. P. Gloria Stella Ortiz).

 

Corte Constitucional, Auto 110, Mar. 11/19.

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