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Actualizado hace 12 minutos | ISSN: 2805-6396

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Especiales / Informe


Casas de justicia, importante alternativa para resolver diferencias

29 de Junio de 2019

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Sara Milena Cruz Abril

Redactora Ámbito Jurídico

 

Bogotá cuenta con varios centros de atención llamados casas de justicia, que facilitan a los ciudadanos el acceso a servicios de solución de conflictos entre quienes viven en comunidad.

 

En estos lugares hay funcionarios de diferentes entidades dispuestos a brindar asesoría y orientación en áreas en las que pueden surgir diferencias. La persona llega, cuenta su caso y, dependiendo los hechos, es guiada para hablar con un orientador que, generalmente, lo invita a programar una conciliación en primera instancia.

 

Los trámites son gratuitos, fáciles y rápidos. La ciudad cuenta con 13 casas de justicia en las localidades de Barrios Unidos, Bosa, Ciudad Bolívar, Chapinero, Engativá, Fontibón, Kennedy, Los Mártires, San Cristóbal, Suba, Usaquén y Usme.

 

Los asuntos que se pueden tratar están divididos en cuatro sectores:

 

FAMILIA

 

  1. Violencia intrafamiliar.

     
  2. Fijación de cuota alimentaria.

     
  3. Custodia y cuidado personal de niños.

     
  4. Separación de bienes y liquidación de sociedades conyugales por causa distinta a la muerte de uno de los cónyuges.

 

VECINOS

 

  1. Problemas relacionados con las mascotas de los vecinos.

     
  2. Injuria y calumnia.

     
  3. Escándalos y conflictos entre vecinos.

     
  4. Incumplimiento de contratos civiles.

 

LABORALES

 

  1. Conflictos laborales de carácter individual y colectivo.

     
  2. Liquidaciones laborales.

     
  3. Buscar la garantía de los derechos del trabajo y evitar los posibles conflictos entre empleadores y trabajadores.

     
  4. Violación a la normativa del sector.

 

SEGURIDAD

 

  1. Lesiones personales sin secuelas.

     
  2. Hurto simple.

     
  3. Desórdenes en vías y lugares públicos.

     
  4. Consumo y tráfico de sustancias sicoactivas.

 

¿Qué es la violencia intrafamiliar?

 

Se trata de cualquier hecho que implique maltrato físico, verbal, sicológico o sexual a cualquier miembro del núcleo familiar, ya sea entre parejas, contra menores de edad, adolescentes o ancianos.  

 

Para que exista violencia intrafamiliar entre parejas, es necesario que las dos personas convivan bajo el mismo techo y hagan vida en común, de lo contrario resultaría atípica la conducta y sería procedente imputar el delito de lesiones personales.

 

La víctima de violencia intrafamiliar puede solicitar una medida de protección que establezca acciones específicas e inmediatas que eviten continuar con las agresiones, durante los 30 días siguientes al hecho violento, aunque se recomienda hacerlo inmediatamente este ocurra.

 

Para ello, debe presentar cédula de ciudadanía y la petición debe incluir nombre e identificación de la víctima, nombre y domicilio del agresor, el relato de los hechos, así como las pruebas que quiera aportar, como fotos, conversaciones, mensajes y correos electrónicos, entre otros.

 

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Conflictos de arrendamiento

 

Surgen del incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en un contrato de arrendamiento, tales como falta en el pago del canon mensual o de los servicios públicos, subarrendamiento, daños en el inmueble, violación a los reglamentos de propiedad horizontal o incremento injustificado en la mensualidad.

 

El interesado deberá solicitar, en primer lugar, una conciliación para lograr un acuerdo en los aspectos en conflicto y, en caso de incumplimiento, podrá iniciar el proceso judicial correspondiente.

 

Para ello, se sugiere, además de presentarse con la cédula de ciudadanía, tener a la mano la copia del contrato de arrendamiento. Si este fue verbal, deberá llevar recibos de pago, correos electrónicos o correspondencia, entre otros medios de acreditación.

 

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Obligaciones de alimentos

 

Los conflictos surgen cuando se incumple la obligación de proporcionar a la persona a quien se tiene a cargo todo lo necesario para su sostenimiento, lo cual comprende vivienda, vestido, asistencia médica, recreación y educación, entre otros.

 

Estas obligaciones se tienen con los hijos, padres, hermanos, cónyuge, mujeres embarazadas, personas en situación de discapacidad y adultos mayores que no puedan obtener su propia manutención.

 

Quien tenga un conflicto de alimentos puede realizar una conciliación donde se establezca la cuota alimentaria, es decir, una cuota monetaria mensual que abarque los gastos requeridos al beneficiario para su sustento, o poner una denuncia por inasistencia alimentaria. En caso de no llegar a un acuerdo, debe iniciar un proceso judicial.

 

Para realizar el trámite, es necesario brindar la dirección de la persona a citar y la copia del documento que permita verificar el parentesco entre el obligado y el beneficiario, como el registro civil de nacimiento o de matrimonio.

 

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Conflictos de convivencia  

 

Estas situaciones surgen a raíz de un desacuerdo entre dos personas o grupos sociales, pueden originarse en el mal manejo de las basuras, generación de ruidos molestos, mal uso del espacio público, entre otros, siempre y cuando no incurran en violencia. Estas conductas están reguladas por el Código de Policía y pueden ser sujeto de multas o amonestaciones.

 

Si los hechos están en ejecución, el afectado debe llamar a la Policía, para que acuda e intervenga a tomar las medidas correspondientes; si la situación es recurrente, se podrán solicitar en las casas de justicia los servicios de mediación o conciliación para llegar a un acuerdo, y si el conflicto ocurre en una propiedad horizontal, se puede acudir en primera instancia al respectivo comité de convivencia.

 

Para solicitar una conciliación o mediación, el afectado debe presentar su documento de identidad y brindar los datos completos de la persona o personas a citar.

 

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Denuncias por hurto

 

El hurto se presenta cuando una persona se apodera de un objeto ajeno sin el consentimiento o la voluntad del propietario y con el fin de obtener un provecho. Esta conducta puede cometerse mediante el uso de la fuerza o intimidación. Si los elementos fueron entregados por el propietario a otra persona de manera voluntaria, mediante engaños o artificios, el delito se convierte en estafa.

 

La víctima, o quien tenga conocimiento de la ocurrencia de la conducta, debe presentar una denuncia ante las autoridades competentes, ingresando a través de la página https://adenunciar.policia.gov.co, o en los puntos de recepción de denuncia de la Fiscalía General de la Nación, casas de justicia y salas de denuncia de la Policía Nacional.

 

La denuncia puede ser verbal o escrita, sin necesidad de presentar documento de identidad. En todo caso, el interesado debe dejar constancia del día y hora de los hechos, así como la descripción detallada.

 

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Trámites de divorcio

 

El interesado puede realizar una conciliación con su cónyuge para acordar la distribución de los bienes, la custodia de los hijos y la cuota de alimentos. Este proceso, que se puede adelantar en las casas de justicia, facilitará el trámite de divorcio.

 

La petición de divorcio de mutuo acuerdo puede ser presentada en cualquier notaría, mientras que la demanda se debe presentar ante un juez de familia, requiriéndose para ambos casos el acompañamiento de un abogado.

 

Para adelantar el trámite de divorcio es necesario presentar copias autenticadas del registro civil de matrimonio, copias del registro civil de nacimiento de los hijos menores de edad (en caso de que existan), poder del abogado de cada uno de los cónyuges, copia del acta de conciliación y las pruebas que sustentan la causal de divorcio.

 

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Resolución de deudas

 

La deuda es una obligación que tiene una persona de pagar o devolver una cosa, generalmente dinero. En primera medida, el interesado debe solicitar una conciliación en la casa de justicia más cercana para lograr un acuerdo de pago con el deudor, en donde se establezcan las condiciones de la devolución del dinero, tales como plazos o valor del pago.

 

En caso de incumplimiento de los acuerdo de pago, la imposibilidad de llegar a un acuerdo o que no se presente a la audiencia de conciliación puede presentar una demanda ante un juez civil o un juez de pequeñas causas, quien iniciará el proceso para ordenar el pago o hacer cumplir la obligación.

 

Para demandar es necesario informar las condiciones sobre las cuales el deudor se comprometió a pagar y un documento que demuestre la existencia de la deuda, que puede ser un contrato de trabajo o de arrendamiento, acta de conciliación, acuerdo de pago o sentencia.

 

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