Pasar al contenido principal
24 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Conozca las condiciones para aplicar el delito de maltrato animal

07 de Junio de 2019

Reproducir
Nota:
39915
Imagen
toros-corridas-torerobig.jpg

Al resolver una demanda de inconstitucionalidad presentada en contra del parágrafo 3º del artículo 5º de la Ley 1774 del 2016, la Corte Constitucional dispuso estarse a lo resuelto en la Sentencia C-666 del 2010, que declaró la exequibilidad condicionada del artículo 7º de la Ley 84 de 1989; en consecuencia, declaró exequible el parágrafo atacado bajo el entendido de cinco premisas. (LeaCorte Constitucional revoca fallos del Consejo de Estado sobre consulta antitaurina)

 

Cabe indicar que la Ley 1774 modificó el Código Civil, la Ley 84 de 1989, el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal; el artículo 5º precisó los delitos contra la vida, la integridad física y emocional de los animales y su parágrafo 3º estableció: “Quienes adelanten las conductas descritas en el artículo 7° de la Ley 84 de 1989 no serán objeto de las penas previstas en la presente ley”.  

 

Premisas de la exequibilidad condicionada

 

El fallo asegura que la normativa atacada debe entenderse así:

 

  1. (i)Que la excepción planteada permite, hasta determinación legislativa en contrario, la práctica de las actividades de entretenimiento y de expresión cultural con animales, siempre y cuando se entienda que debenrecibir protección especial contra el sufrimiento y el dolor. (Lea: Corte Constitucional anula fallo sobre consulta antitaurina en Bogotá y reafirma competencia del Congreso)


    En tal sentido, la excepción del artículo 7º de la Ley 84 permite la continuación de expresiones humanas culturales y de entretenimiento con animales, siempre y cuando se eliminen o morigeren en el futuro las conductas especialmente crueles en un proceso de adecuación entre expresiones culturales y deberes de protección a la fauna

     
  2. Únicamente podrán desarrollarse en aquellos municipios o distritos en los que las mismas sean manifestación de una tradición regular, periódica e ininterrumpida y quesu realización responda a cierta periodicidad

     
  3. Solo podrán desarrollarse en aquellas ocasiones en las que usualmente se han realizado en los respectivos municipios o distritos

     
  4. Que sean estas las únicas actividades que pueden ser excepcionadas del cumplimiento del deber constitucional de protección a los animales

     
  5. Las autoridades municipales en ningún caso podrán destinar dinero público a la construcción de instalaciones para la realización exclusiva de estas actividades.

 

La corporación señaló que la norma acusada (parágrafo 3º del artículo 5º de la Ley 1774) y la disposición estudiada en la Sentencia C-666 del 2010 (artículo 7º de la Ley 84) cuentan con identidad de objeto y de cargo (M. P. José Fernando Reyes Cuartas y Antonio José Lizarazo Ocampo).

 

Corte Constitucional, Sentencia C-133, Mar. 27/19.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)