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29 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Carta Política de 1991 y Estatuto Orgánico le dieron gobernabilidad a Bogotá

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Jaime Castro

Exministro y exalcalde de Bogotá

jcastro@cable.net.co

 

Durante décadas, el Congreso no se ocupó del régimen aplicable a la capital de la República. Se conformaba con decir que se regiría por las normas vigentes para los demás municipios y las grandes ciudades. Rompió esa pereza legislativa la reforma constitucional de 1945, que ordenó organizarla “como un Distrito Especial, sin sujeción al régimen municipal ordinario, dentro de las condiciones que dicte la ley”. Como esta no fue dictada, Rojas Pinilla, en 1954, dictó el Decreto 3640, que fue el primer Estatuto Orgánico de la ciudad, aunque esa no era nomenclatura de la época. Aunque fue decreto de estado de sitio, las cámaras que se instalaron en 1958 prorrogaron su vigencia sin introducirle ninguna reforma. Rigió hasta 1968, cuando fue remplazado por el Decreto-Ley 3133, que dictó Lleras Restrepo con base en las facultades extraordinarias de la Ley 33 de 1968. El 3133 fue mutilado por la Corte Suprema, que entonces ejercía el control de constitucionalidad. Declaró inexequibles varios de sus artículos y partes importantes de otras normas suyas.

 

Entre 1968 y 1991, las cámaras no se volvieron a ocupar de Bogotá, a pesar de que con motivo de la elección popular de alcaldes ordenaron expedir un nuevo Código de Régimen Municipal que modernizó la institucionalidad local del país (D. L. 1333/86). En ese periodo solo dictaron la Ley 8ª de 1991, para que a la capital se le aplicaran “las disposiciones legales comunes a todos los municipios, que sean compatibles” con el régimen vigente para el Distrito Especial que, como se dijo, había sido expedido en 1968 y recortado sustantivamente por la Corte Suprema. Aunque parezca paradójico, se actualizó la normativa de todos los municipios, pero para Bogotá se repitió el régimen anacrónico a que venía estando sometida la ciudad. Por ese atraso institucional, la ciudad no era gobernable ni administrable. Superó tal situación gracias a las disposiciones de la Constitución del 91, artículos 322 a 327, y del Estatuto Orgánico (D. 1421/93), que desarrolló legislativamente las normas superiores.

 

La Constitución y el Estatuto ordenaron nuevo régimen político, fiscal y administrativo para la capital. Le devolvieron la gobernabilidad que había perdido y dotaron a sus autoridades de los instrumentos que les permiten cumplir la gestión que les corresponde. Otra cosa es que algunas de esas autoridades no los utilicen o los hayan utilizado mal.

 

Las ventajas del Estatuto son tantas que vale la pena recordar que es coetáneo de la Constitución. Tienen solo los dos años de diferencia que hay entre 1991 y 1993. Al Estatuto le han hecho muy pocas reformas, apenas dos o tres. En cambio, a la Constitución más de 50. A pesar de que para reformar el primero se han presentado más de 40 iniciativas en varias legislaturas, pues todo representante primíparo del Distrito busca estrenarse reformando el Estatuto de la Capital. Conviene recordar también que Antanas Mockus, cuando le preguntaron en qué orden, él y yo, habíamos sido alcaldes, respondió: Bogotá hizo bien la tarea, eligió primero a Castro y luego a mí, si hubiera hecho lo contrario, habría fracasado, lo escogió a él para que hiciera el Estatuto, lo que hizo con propiedad, porque conoce bien esos temas y dejó las condiciones para que yo pudiera gobernar y administrar la ciudad, si me hubiese elegido antes, yo no lo hubiera hecho bien, porque mis temas son otros.

 

Lo anterior se trae a cuento porque el Gobierno anuncia reformas al ordenamiento territorial y conviene anotar que el régimen político institucional vigente para el Distrito Capital es válido y no demanda modificaciones sustanciales. Lo que se requiere es organizar a Bogotá como Ciudad Región con los municipios que conforma ecoregión y que tiene como eje estructurante el Río. Este debe ser capítulo importante de las reformas que se anuncian, porque hay otras Ciudades Región que esperan el marco jurídico para organizarse como tales (Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Cartagena, Manizales, Cúcúta, Pereira). Hay estudios y propuestas suficientes[1]. Ha faltado voluntad política de las instancias decisorias para hacer esa gran reforma. Como la coyuntura actual es favorable, seguramente no se aplazará una vez más.   

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