Pasar al contenido principal
03 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Especiales / Reseñas


Trata de personas con fines de explotación sexual e inducción a la prostitución

20 de Noviembre de 2023

Reproducir
Nota:
168670
Imagen
trata-de-personas

César Javier Valencia Caballero
Abogado y experto en derecho penal

El texto consta de tres capítulos. El primero dedicado a la conceptualización de la dignidad humana; el segundo, sobre la evolución legislativa de los tipos penales que se enuncian en el título de la obra, y, finalmente, se contempla un análisis crítico de la jurisprudencia.

A lo largo de la obra, se resalta que, desde los derechos humanos de las mujeres, la prostitución no puede ser entendida como un “trabajo sexual”, pues los estudios sobre tal fenómeno evidencian que las mujeres que son explotadas tienen un contexto de vida que, sumado a su explotación sexual, genera como efectos la disociación y el estrés postraumático, lo que es catalogado desde el corpus iuris internacional como una forma de violencia que debe ser erradicada. En tal sentido, los dueños de establecimientos en los que se ejerce el comercio sexual, o las personas que de alguna manera patrocinan o inducen a otras para prostituirse, deben ser penados.

Respecto al bien jurídico tutelado, no se trata de proteger la libertad sexual, pues el consentimiento no juega un papel relevante, máxime cuando las mismas mujeres explotadas sexualmente no se reconocen como víctimas. En su lugar, es necesario comprender que se trata de la protección de la integridad sexual, que debe ser entendida a partir de la dignidad humana, como derecho irrenunciable.

La propuesta resulta ser un desafío dogmático para comprender de manera adecuada los tipos penales enunciados, pero, además, aporta a la discusión sobre las políticas públicas que se deben tener en cuenta bajo un contexto abolicionista de la prostitución, mas no reglamentarista, pues, como se concluye en la obra, “las personas no pueden ser concebidas como productos para el consumo, (ya que) los cuerpos e integridad sexual están por fuera del comercio”.

La autora de la obra es la penalista María Helena Luna Hernández, abogada de la Universidad de Medellín, especialista y magistra en Derecho Penal de la Universidad Eafit. Ha sido juez penal, docente de posgrados y conferencista nacional en temas de derecho procesal penal, política criminal, derecho probatorio y derechos humanos de las mujeres.

Editorial: Ibáñez

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)