Precisan cuándo se producen errores de hecho bajo la modalidad de falso raciocinio (3:17 p.m)
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04 de Agosto de 2017
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Los errores de hecho en la modalidad de falso raciocinio se producen porque, habiendo sido traído el elemento de convicción al proceso, si bien en la sentencia es apreciado en su exacta dimensión fáctica, en el ejercicio de asignarle su mérito demostrativo el juzgador se aparta de las reglas de la lógica, las leyes de la ciencia o las máximas de la experiencia. Ello significa que el fallador se aleja de la sana crítica como método de valoración probatoria aceptado por la ley procesal penal. Por otro lado, explicó que cuando la censura de una demanda de casación se encamina a denunciar un falso raciocinio en razón del desconocimiento de los postulados de la sana crítica, inicialmente se debe proceder a identificar el mismo, indicando qué dice de manera objetiva, qué infirió de esta norma el juzgador y cuál el mérito demostrativo que le fue otorgado. Así mismo, el actor debe señalar cuál regla de la lógica, ley de la ciencia o máxima de la experiencia fue ignorada y, correlativamente, debe precisar cuál es la regla de la lógica apropiada, el aporte científico correcto o la máxima de la experiencia que debió tomarse en consideración. Igualmente, debe demostrar la trascendencia del error alegado indicando cuál debe ser la apreciación correcta de la prueba cuestionada (M. P. Fernando Alberto Castro Caballero).
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