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Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Hacen estudio semántico de la norma que fija el límite de la pena para cómplices

23 de Febrero de 2018

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Nota:
32191
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Al resolver un recurso de casación, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó, con base en el artículo 30 del Código Penal, que cuando la participación se hace a título de cómplice la pena debe reducirse de una sexta parte a la mitad.

 

Acorde con ello, indicó que la palabra “de” indica el mínimo de la rebaja (una de cada seis unidades), y la palabra “a” o “hasta” hace alusión al máximo descuento posible (la mitad).

 

De igual forma, la Sala precisó que esta norma debe complementarse con lo establecido en el numeral 5° del artículo 60 ídem, el cual explica los parámetros para la determinación de los mínimos y máximos aplicables y específicamente señala que “si la pena se disminuye en dos proporciones la mayor se aplicará al mínimo y la menor al máximo de la infracción básica”.

 

En el caso concreto, el tribunal violó directamente la ley sustancial, por la interpretación errada de las mencionadas normas, lo que dio lugar a que la pena que procedía legalmente fuera reducida en una proporción mucho más amplia que la dispuesta por el legislador. Por esa razón la Corte decidió casar el fallo impugnado.

 

Finalmente, tenga en cuenta estas definiciones a la hora de estudiar este tema en una conducta punible:

 

-          Autores. Es autor quien realice la conducta punible por sí mismo o utilizando a otro como instrumento.

 

-          Son coautores los que, mediando un acuerdo común, actúan con división del trabajo criminal atendiendo la importancia del aporte.

 

-          Partícipes. Son partícipes el determinador y el cómplice. Quien determine a otro a realizar la conducta antijurídica incurrirá en la pena prevista para la infracción.

 

-          Quien contribuya a la realización de la conducta antijurídica o preste una ayuda posterior, por concierto previo o concomitante a la misma, incurrirá en la pena prevista para la correspondiente infracción disminuida de una sexta parte a la mitad.

 

-          Al interviniente que no teniendo las calidades especiales exigidas en el tipo penal concurra en su realización se le rebajará la pena en una cuarta parte (M. P. Patricia Salazar Cuéllar).

 

Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Sentencia SP-2272018 (45436), Feb. 14/18

 

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