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EPS deben tener agendas abiertas con especialistas todos los días hábiles del año

De acuerdo con el Ministerio de Salud, la omisión puede dar lugar a la imposición de sanciones por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.

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07 de Diciembre de 2015

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El Ministerio de Salud advirtió que para la asignación de citas con medicina general y con especialistas, las entidades promotoras de salud (EPS) están obligadas a dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 1° de la Resolución 1552 del 2013.

 

Según esta disposición, las EPS, de ambos regímenes, directamente o a través de la red de prestadores que definan, deberán tener agendas abiertas para la asignación de citas de medicina especializada la totalidad de días hábiles del año. (Lea: EPS no pueden negar pago de incapacidades por inasistencia a citas médicas)

 

Dichas entidades en el momento en que reciban la solicitud informarán al usuario la fecha para la cual se asigna la cita, sin que les sea permitido negarse a recibir la solicitud y a fijar la fecha de la consulta requerida.

 

La omisión puede dar lugar a la imposición de sanciones por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, indicó la entidad. Así mismo, recordó que las EPS deben cumplir lo señalado legalmente respecto a formatos y procedimientos para la autorización de servicios electivos por parte de las entidades responsables del pago, así como frente a lo relacionado con el recobro ante el Fosyga. (Lea: Término máximo de 48 horas para entrega de medicamentos aplica para urgencias)

 

Minsalud, Concepto 201511201940541, nov. 17/15

 

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