Corte Constitucional de Ecuador despenaliza la eutanasia
13 de Febrero de 2024
Con siete votos a favor y dos en contra, la Corte Constitucional de Ecuador despenalizó, el pasado miércoles, la eutanasia en el país. El fallo fue el resultado de una demanda iniciada por Paola Roldán, una mujer de 43 años que padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad incurable y degenerativa que le ha provocado el 95 % de discapacidad.
Roldán interpuso, en agosto del 2023, una demanda contra el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano, que establecía la muerte médicamente asistida como un homicidio con pena de prisión de entre 10 y 13 años.
En noviembre del 2023, durante la audiencia de su caso. Paola intervino ante los magistrados: “He vivido una vida plena y sé que lo único que merezco es una vida y una muerte con dignidad”, y expuso que su voz es la de cientos de pacientes que ven en la muerte asistida una salida a sus dolores extremos. “He tenido el privilegio de tener acceso a los mejores cuidados paliativos, con medicamentos y tecnología de punta, aquí y en el exterior, y puedo decir con absoluta certeza que no son suficientes, el dolor es constante e implacable”.
Los magistrados acogieron la solicitud y establecieron dos parámetros bajo los cuales se puede acceder a la muerte digna: (i) que la persona exprese su consentimiento inequívoco, libre e informado; y en caso de que no pueda hacerlo sea a través de su representante y (ii) que la solicitud de un procedimiento de eutanasia activa responda a un padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable.
Adicionalmente, la sentencia ordena al Defensor del Pueblo que, en un plazo de seis meses, prepare un proyecto de ley que regule los procedimientos eutanásicos, conforme a lo establecido en el fallo. Este documento será debatido por la Asamblea Nacional, a la que le impuso un plazo máximo de 12 meses para aprobarlo.
Asimismo, le exige al Ministerio de Salud que expida un reglamento que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria a la luz de criterios técnicos y en observancia de lo expuesto en el fallo, normativa que tendrá vigencia hasta la aprobación de la ley respectiva, que debe ser entregada en dos meses.
"Varias veces pensé que no lograría ver los frutos de esta demanda, como quien planta un árbol para que alguien más se siente bajo su sombra", dijo Roldán el viernes 3 de febrero en su cuenta de X, luego de conocerse que su solicitud estaba en la etapa final del análisis.
Con esta decisión, Ecuador se suma a otros países como Colombia, Bélgica, Luxemburgo, Países Bajos, Canadá, España, Portugal, Nueva Zelanda y cinco Estados de Australia que han despenalizado la eutanasia. (Lea: Publican proyecto de resolución que regularía derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia)
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