Pasar al contenido principal
25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 28 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Especiales / Informe

Informe


¿Quién debería elegir y juzgar a los magistrados de las altas cortes?

11 de Octubre de 2017

Reproducir
Nota:
31003
Imagen
palacio-justicia-cortes2juan-rivadeneira-1509241605.jpg

 

Catalina Albornoz De la Cuesta

Redactora ÁMBITO JURÍDICO

 

Los recientes escándalos de corrupción que involucran a varios expresidentes y a un magistrado actual de la Corte Suprema de Justicia vuelven a centrar la mirada de todo un país sobre una crisis institucional que, si bien no es nueva, no ha encontrado salida.

De hecho, hoy es evidente que una de las fuentes de esa problemática proviene del sistema que el constituyente diseñó para elegir y juzgar a los magistrados de las altas cortes, tema que, sin lugar a dudas, será protagonista de la necesaria reforma que se avecina.

 

ÁMBITO JURÍDICO consultó la opinión de varios expertos, con el objeto de conocer sus propuestas para mejorar estos esquemas y de enriquecer un debate que espera prontas soluciones.

 

Esquemas mixtos

 

Frente a la elección de los magistrados de las altas cortes, Mario Alberto Cajas Sarria, doctor en Derecho y Jefe del Departamento de Estudios Jurídicos de la Universidad Icesi, opina que sería viable la adopción de un esquema mixto para la elección de los miembros de la Corte Suprema y del Consejo de Estado.

 

Efectivamente, propone que las salas plenas de cada corporación mantengan la competencia para designar a sus magistrados, pero que las vacantes sean provistas de listas presentadas por las facultades de Derecho, distintas organizaciones de abogados (que primero habría que fortalecer) y de los distritos judiciales. La elección por cada corporación sería con deliberaciones en torno a una sola candidatura.

 

Cajas asegura que también podría pensarse en un concurso de méritos, del que saliera una lista corta con aquellos que obtengan los mejores puntajes y, luego de esto, propiciar la deliberación abierta en las cortes y en distintos auditorios públicos, donde se expongan las hojas de vida y los perfiles de los candidatos preseleccionados.

 

Para la Corte Constitucional también considera necesario acabar con las ternas, de tal forma que cada órgano actual postule un solo nombre para la confirmación o rechazo del Senado, con, al menos, dos tercios de los votos.  

      

Por su parte, Carolina Villadiego Burbano, investigadora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), cree que, además de asegurar una forma de elección transparente y pública, para el caso de la Corte Suprema y del Consejo de Estado, podría considerarse que una tercera parte fuera elegida a través de concurso de méritos.  

 

Antes que una reforma, Villadiego considera importante analizar qué elementos de los distintos modelos de elección de magistrados no funcionan o han fomentado la corrupción y por qué razón.

 

En su opinión, si bien algunos recomiendan un sistema de cooptación donde las cortes elijan a los magistrados, como antídoto para superar el clientelismo derivado del “yo te elijo, tú me eliges”, ese planteamiento no garantiza que se acabe el intercambio de favores entre magistrados que fueron escogidos por colegas con quienes después deben trabajar y adoptar decisiones conjuntas.

 

Mérito

 

Según Hernando Torres Corredor, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, aun cuando no hay un sistema óptimo, sí hay caminos para mejorar la postulación y la elección de estos servidores públicos.

 

Una reforma en esta dirección, sostiene, debe ir acompañada de los postulados constitucionales, donde prime el mérito de los postulantes y se privilegie el ejercicio de los derechos fundamentales, como la participación, para que la convocatoria sea abierta a toda la comunidad.

 

De esta manera, se configurarían bases de aspirantes para que las mismas cortes le hagan seguimiento a quienes ejercen el Derecho y actúan en la magistratura en los tribunales, así como en la academia. Este proceso sería acompañado de estructuras coadyuvantes, como las academias de jurisprudencia y de profesionales del Derecho, centros de investigación, veedurías y universidades.

 

A su vez, José Gregorio Hernández, exmagistrado de la Corte Constitucional, es partidario de que la elección provenga de las mismas corporaciones que eligen a los altos magistrados actualmente, pero sin ternas, sin campaña, sin cabildeo, con requisitos exigentes, sin que se requiera respaldo político y por estricto concurso de méritos.

 

Su propuesta se fundamenta en la flexibilidad que, en los últimos años, se ha venido adoptando para el proceso de selección, haciéndolo puramente político “en un perverso proceso aplicado en la práctica, en el cual buenos candidatos son descalificados por carecer de amigos políticos y otros, mediocres, pueden llegar, no importa que lo sean, si tienen capacidad de intriga y apoyo e influencia de políticos o de magistrados políticos”.

 

Comisiones

 

En lo que tiene que ver con el esquema de juzgamiento, Cajas manifiesta que, para las tres cortes, revivir el Tribunal de Aforados podría ser una de las soluciones, para terminar con el antejuicio político ante el Congreso de la República. Tendría que estar compuesto por destacados juristas con idoneidad ética comprobada. Este podría ser el único órgano encargado, en dos instancias, de investigar e imponer sanciones penales y disciplinarias a estos magistrados, con capacidad para decretar suspensiones de los cargos. La responsabilidad fiscal, por su parte, estaría en cabeza de la Contraloría General de la República.

 

En cuanto a su composición, si se trata de dos salas con tres magistrados cada una, por ejemplo, algunos podrían surgir de convocatorias públicas en donde se preseleccionen candidatos según ciertos requisitos. Dos podrían ser elegidos por los magistrados de carrera de los tribunales superiores de distrito judicial, sin que aquellos puedan ser candidatos. Otros dos podrían ser elegidos por el Congreso, por el sistema de mayoría absoluta, y otros dos por el Presidente de la República de unas listas que le propongan las facultades de Derecho.

 

Villadiego defiende la tesis según la cual ese proceso debe ser lo más cercano posible al esquema ordinario de procesamiento judicial.

 

No obstante, aclara que le parece exagerado llamar a una asamblea constituyente para eliminar el antejuicio político (o a un referendo), en lugar de buscar salidas en el marco de la regulación y de la jurisprudencia existente para hacer que funcione el esquema previsto. Por eso, resalta y comparte la idea del experto Rodrigo Uprimny, consistente en modificar la Ley 5ª de 1992 para crear una comisión que reemplace la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara, cuyos miembros sean elegidos por mérito y tengan la obligación de elaborar un informe público de investigación.

 

Otra posibilidad, agrega, es una reforma que simplifique el procedimiento de antejuicio político en el Congreso en el caso de los delitos, en el entendido de que el fin es que esa corporación levante el fuero, para que la CSJ realice el proceso penal.

 

Independencia judicial

 

Similar postura es plasmada por Torres. Tras situar el escenario de este debate en la autonomía e independencia de los jueces de las altas cortes, de cara a las decisiones judiciales que les son propias, plantea la creación de un tribunal especial, que, dada su naturaleza, permanezca en la propia Rama Judicial, alejado del mundo político y con capacidad de investigar y juzgar.

 

En el evento de que alguno de los miembros de estas corporaciones se ausente de sus responsabilidades, quebrante una de sus obligaciones o incurra en una conducta reprochable, desde el punto de vista penal o disciplinario, debe atender los requerimientos de esta instancia judicial.

 

Hernández también cuestiona el antejuicio político vigente, porque, en su opinión, lleva a la impunidad. Basado en ello, asevera que la corporación a la que pertenece un magistrado contra quien haya pruebas o sindicaciones serias, responsables y fundadas debe ser la encargada de juzgarlo disciplinariamente y suspenderlo mientras se adelanta el proceso.

 

En materia penal, en cambio, sugiere que sea el Fiscal General de la Nación el encargado de asumir la investigación y, por consiguiente, acusar ante un tribunal, del más alto nivel e independencia, para que resuelva el asunto dentro de un término máximo, con el fin de que se defina pronto la responsabilidad del magistrado.

 

Todo lo anterior permite concluir que cualquier posible reforma no puede pasar por alto el llamado de los expertos a eliminar los antejuicios políticos, para fortalecer, así, la independencia y la autonomía judicial. Igualmente, la petición se extiende a la renovación de esquemas en donde prime el mérito y el aumento de las exigencias de los aspirantes, temas de los que dependerá la vía para su implementación (constituyente, referendo o por vía legislativa), para que su legitimidad no pueda considerarse contraria a la Constitución.           

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)