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19 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 2 días | ISSN: 2805-6396

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Modificarían línea de crédito con tasa compensada destinada a financiar proyectos energéticos

08 de Mayo de 2024

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Nota:
185581

El Ministerio de Hacienda dio a conocer un proyecto de decreto que modificaría varios artículos del Capítulo 11 del Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 1068 del 2015, que regula la línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a financiar proyectos y capital de trabajo en el sector energético para eficiencia, generación, comercialización, distribución, transmisión y almacenamiento y de crédito directo con tasa compensada a las entidades territoriales para la ejecución de proyectos energéticos viabilizados.

Según el proyecto, el monto para la compensación de la tasa de interés del crédito de redescuento para el sector energético y la compensación de la tasa de interés de crédito directo para las entidades territoriales de que trata el artículo 2.6.7.11.1 sería efectuado con cargo a las asignaciones presupuestales establecidas en el anexo técnico del Decreto 2295/23, donde se asignaron recursos por $ 496.138.000.000 por concepto de aportes a Findeter.

 Así pues, la línea de crédito de redescuento con tasa compensada destinada a financiar proyectos en el sector energético tendría estas condiciones:

Monto credito

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