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03 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 16 minutos | ISSN: 2805-6396

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Definirían categorías y reglas para clasificar las cooperativas de ahorro y crédito

22 de Abril de 2024

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Nota:
182696

El Ministerio de Hacienda dio a conocer un proyecto de decreto que modificaría el Decreto 1068/15 con el fin de establecer categorías de cooperativas de ahorro y crédito, cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito para la aplicación de su marco regulatorio prudencial.

Según el proyecto de norma, con esta modificación la Superintendencia de la Economía Solidaria podría asignar periodicidad de reportes de información para cada una de las categorías de cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro. (Lea: Los ingresos y la riqueza son inequitativos para las mujeres: Dian)

En este sentido, para la aplicación de normas prudenciales, las cooperativas en mención se clasificarían en las siguientes categorías:

i) Básica. En esta categoría se clasifican las cooperativas cuyo monto total de activos sea inferior a 315.000.000 de unidades de valor real (UVR).

ii) Intermedia. En esta categoría se clasifican las cooperativas cuyo monto total de activos sea igual o superior a 315.000.000 UVR e igual o inferior a 1.400.000.000 UVR.

ii) Plena. En esta categoría se clasifican las cooperativas cuyo monto total de activos sea superior a 1.400.000.000 UVR.

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