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19 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 2 días | ISSN: 2805-6396

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Definen metodología para determinar precios máximos de venta de medicamentos

18 de Marzo de 2024

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Nota:
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Precisan daño patrimonial frente a tenencia de medicamentos con fecha de vigencia expirada (Freepik)

La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos definió la metodología para determinar los precios máximos de venta de los medicamentos que deben ingresar al régimen de control directo de precios.

Según el documento, los medicamentos que se comercializan en el país, considerando el ámbito de aplicación de la presente circular, harán parte de uno de los siguientes regímenes:

Régimen de libertad vigilada: quienes comercialicen en el territorio colombiano medicamentos que se encuentren bajo este régimen podrán determinar libremente su precio, bajo la obligación de reportar la información de los precios al Sistema de información de precios de medicamentos (Sismed). (Lea: EPS están obligadas a resolver quejas de sus afiliados: Supersalud).

Régimen de control directo: quienes comercialicen en el territorio colombiano medicamentos que se encuentren bajo este régimen no podrán superar el precio máximo de venta fijado por la Comisión y tendrán la obligación de reportar la información de los precios al Sismed.

El documento establece que el Gobierno utiliza varios países como referencia para establecer los precios de los medicamentos con el fin de promover precios justo para el consumidor.

La presente circular aplica a todos los actores que realicen compra o venta de medicamentos en la transacción primaria institucional, transacción primaria comercial, transacción secundaria institucional, transacción secundaria comercial y transacción final institucional.

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