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28 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 7 horas | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Término para resolver incidente de desacato, a dos debates de ser ley

05 de Junio de 2017

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El Senado dio a conocer el texto definitivo de una iniciativa, que pasa a estudio de la Cámara de Representantes en penúltimo debate, con la cual se modificaría el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, estableciendo el término legal para resolver el incidente de desacato.

 

El Decreto 2591, reglamentario de la acción de tutela, definió el desacato como aquella sanción que se le impone a la persona que incumpla una orden emitida por la autoridad judicial en el marco de una acción de tutela. Sin embargo, no se estableció expresamente un término para que el juez se pronuncie frente al eventual desacato. (Lea: Suspenden a abogada por desatender requerimiento de autoridad judicial en acción de tutela)

 

Lo anterior deja un vacío que va en contra de las personas que han sido vulneradas en sus derechos fundamentales, generándose un tiempo indefinido para el cumplimiento del fallo de tutela o la orden judicial.

 

¿Qué plantea la iniciativa?

 

Frente al vacío normativo sobre el desacato, el proyecto de ley pretende suplirlo estableciendo un término de hasta 10 días para dicho efecto (contados a partir de la presentación del mismo), teniendo en cuenta que es el mismo número de días que se le otorga a un juez para resolver la acción de tutela.

 

El trámite de la iniciativa corresponde a una ley estatutaria, en atención a lo establecido por el artículo 152 de la Constitución Política, el cual señala que por este trámite se tratan los procedimientos y recursos que protegen derechos y deberes fundamentales. (Lea: Iniciativa que establecería término para el incidente de desacato recibe ponencia para primer debate)

 

Es válido mencionar que la Corte Constitucional se ha pronunciado varias veces sobre la importancia del desacato en la acción de tutela, señalando la inmediatez que debe tener la decisión que ampara un derecho fundamental, conforme se advierte en la sentencia T-766/98.

 

Senado de la República, Texto definitivo P. L. 053/16S, 23/05/17

 

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