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Actualizado hace 17 horas | ISSN: 2805-6396

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Administrativo


Condenan a municipio por construir obra que causó pérdida de visibilidad a varios inmuebles

25 de Mayo de 2017

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Nota:
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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

El Consejo de Estado comprobó que la construcción de una obra pública produjo una pérdida importante de visibilidad en los predios de algunos ciudadanos, lo cual configuró un daño antijurídico reparable a título de daño especial. (Lea: Licencia de demolición y cerramiento puede generar impuesto de delineación urbana)

 

Según la corporación, la obra construida tenía justificación por los problemas de tránsito que presentaba el sector, los cuales generaban situaciones de contaminación e inseguridad que se vieron mitigados con la ejecución y puesta en funcionamiento un intercambiador, es decir, la comunidad en general se vio ampliamente beneficiada.

 

Sin embargo, la Sección Tercera de este alto tribunal administrativo aseguró que los demandantes vieron sacrificados aspectos que afectan su derecho a la propiedad y la libertad de empresa. (Lea: ¿Puede una construcción nueva restringir la prestación del servicio de televisión a un solo proveedor?)

 

La Sala reconoció, a título de indemnización, una suma de dinero por la pérdida de visibilidad de los inmuebles de propiedad de los demandantes, a cargo del municipio de Bucaramanga. (Lea: ¿Ejercer actividades relacionadas con sostenimiento de una obra pública otorga condición de trabajador oficial?)

 

Casuística

 

En el caso concreto, entre julio de 1996 y octubre de 1997, la administración municipal de Bucaramanga (Santander) construyó el intercambiador denominado Puerta del Sol, con el fin de solucionar problemas de tráfico vehicular en la zona. (Lea: Conozca la nueva reglamentación de uso y desecho de residuos de construcción)

 

Los demandantes, dueños de los predios, aseguraron que esta construcción afectó sus viviendas en los siguientes aspectos: incertidumbre de las normas urbanas, invasión del área de aislamiento del predio, afectación de la visibilidad, afectación de acceso a los inmuebles, disminución de espacios de parqueo y  aumento de contaminación del aire.  

 

Al respecto, la corporación concluyó que esta construcción afectó a los propietarios de los inmuebles al impedirse su potencial desarrollo, su visibilidad, acceso a parqueaderos y polución, por lo que declaró al municipio administrativa y patrimonialmente responsable y lo condenó a cancelar a los demandantes $ 100 millones de pesos (C.P. Jaime Orlando Santofimio).

 

Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 68001231500019980117501 (34091), Nov. 10/16 

 

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