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29 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Empleado de periodo no puede posesionarse en otro empleo sin que medie renuncia

21 de Junio de 2017

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Quienes cumplen con los requisitos de ley y aquellos previstos en el manual específico de funciones de la respectiva entidad pública podrán ser designados en empleos clasificados como de carrera administrativa, previa superación del concurso de méritos y el correspondiente periodo de prueba.

 

Por lo tanto, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, no existe situación administrativa que permita a un empleado de periodo posesionarse en otro empleo en la misma u otra entidad pública sin que medie renuncia.

 

La Constitución Política establece que el ingreso y el ascenso en los cargos de carrera administrativa se debe realizar mediante procesos de mérito, considerados como un óptimo instrumento para la provisión de cargos públicos, ya que sigue principios superiores como el acceso al desempeño de cargos públicos, igualdad y estabilidad laboral.

 

Así mismo, la Ley 909 del 2004, por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, indica que los empleos de carrera administrativa se proveerán en periodo de prueba o en ascenso con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.

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