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20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

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Esta fue la sanción a un abogado que presentó un poder falso y con enmendaduras

13 de Febrero de 2018

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona a un abogado con suspensión de dos años en el ejercicio de la profesión por cometer dos faltas relacionadas contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado.

 

Concretamente, se trata de las faltas descritas en los numerales 10 y 11 del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007, las cuales se configuran por:

 

-          Efectuar afirmaciones o negaciones maliciosas, citas inexactas, inexistentes o descontextualizadas que puedan desviar el recto criterio de los funcionarios, empleados o auxiliares de la justicia encargados de definir una cuestión judicial o administrativa.

 

-          Usar pruebas o poderes falsos, desfigurar, amañar o tergiversar las pruebas o poderes con el propósito de hacerlos valer en actuaciones judiciales o administrativas.

 

Según reseña el proceso, en ejercicio de su actividad como profesional del Derecho, el disciplinado presentó al Juzgado Segundo  Administrativo de Villavicencio, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, un recurso de apelación de primera instancia donde invocaba la calidad de apoderado sin serlo.

 

Ello si se tiene en cuenta que no se le había reconocido personería por parte del respectivo despacho, es decir, realizó afirmaciones inexistentes en el escrito e indujo en error al juez del proceso. (Lea: Suspenden a abogado que ofreció subsidios para impedir un desalojo que ya había sido ordenado)

 

Además, y con el fin de que le fuera aceptado el recurso de apelación, allegó al juzgado un poder con enmendaduras, en el cual aparecía un sello de presentación personal con una fecha anterior a la presentación del recurso y que correspondía a otro proceso, configurando la adulteración del documento. (Lea: Suspenden a abogado por decir que proceso estaba en marcha, aunque había sido rechazado)

 

Frente a la sanción, el alto tribunal concluyó que resultaba acorde, proporcional y justificada, teniendo en cuenta que se trata de una falta dolosa y que este abogado tenía antecedentes disciplinarios (M. P. Julia Emma Garzón).

 

Consejo Superior de la Judicatura, Sentencia 50001110200020140052501 (1235930), Oct. 19/17

 

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